Pubblicato il 01/07/2026 Desde el artículo 32 de la Constitución italiana hasta el artículo 72 de la Constitución cubana, el derecho universal a la salud representa el terreno común sobre el que Italia y Cuba han construido, aunque en contextos políticos y económicos profundamente diferentes, modelos de atención basados en la atención primaria, la prevención y la proximidad.